Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo: se aumenta en 50.000 euros el límite exento de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento.

Con la entrada en vigor de la Orden HFP/311/2023 el 15 de abril de 2023, se produce un cambio importante en materia de aplazamientos y fraccionamientos. Hasta la fecha, y en base a lo dicho en el artículo 82.2.a) LGT, se permitía la posibilidad de conceder aplazamiento o fraccionamiento sin necesidad de constituir garantía alguna, siempre que se tratase de deudas que no superasen los 30.000 euros.

Ahora, con la nueva Orden, el límite aumenta a 50.000 euros, siendo de aplicación a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pagos de las deudas derivadas de derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública Estatal gestionados por la Agencia Tributaria y demás órganos de la Administración General del Estado y demás órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, con las excepciones previstas en las letras a) y b) de su artículo 1.